En reuniones de comunidades de propietarios, cuando llega la hora de repasar las liquidaciones, suelen ser frecuentes las preguntas y dudas respecto a quién debe pagar qué gastos de la finca.
Te lo contamos a continuación incluyendo ejemplos de casos típicos que te ayudarán a entenderlo mejor.
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Tipos de gastos en una comunidad de propietarios
En la administración de fincas (en Barcelona), es habitual que los gastos comunitarios se ordenen por tipología y de acuerdo con las siguientes clasificaciones : “Gasto 1”, “Gasto 2”, “Gasto 3”, “Gasto 4”, “Gasto 5”…
Puede haber tantos tipos de gastos como la comunidad establezca.
Pero, ¿por qué se hace así? ¿Por qué se agrupan en diferentes categorías?
Te lo explicamos a continuación con algunos ejemplos prácticos.
Ejemplos de desglose de gastos de una comunidad de propietarios
Por ejemplo, suele pasar muchas veces que los locales están exentos de pagar los gastos de mantenimiento del ascensor o de interfono.
Por lo tanto, el administrador crea una categoría, “Gasto 3”, por ejemplo, en la que no incluye a los locales cuando tiene que imputar un gasto que no les afecta.
Otro ejemplo: los gastos del parking pueden estar clasificados en la categoría “Gasto 5”.
Por lo tanto, todos aquellos propietarios que no tengan un aparcamiento en la finca, no deberán pagar el “Gasto 5”, y sí los que disfruten de uno (o más de uno…).
¿Quién debe pagar los gastos de una comunidad de propietarios?
Teniendo en cuenta salvedades como las anteriores, y a no ser que los estatutos indiquen lo contrario, los propietarios deberán pagar los gastos comunitarios en base a su coeficiente, estipulado normalmente por el promotor cuando se hizo la división horizontal de la finca.
Por ejemplo, sin un propietario posee un coeficiente del 6,84%, pagará los gastos que se le imputen en base a este porcentaje.
Cambios en imputaciones de gastos comunitarios y estatutos de la finca
Este tipo de situaciones, las que generan “dudas” respecto a quién paga qué gastos comunitarios, suelen llevar a disconformidades relacionadas con cómo los estatutos de la finca estipulan las diversas imputaciones de gastos de una comunidad de propietarios.
Si esta es tu situación, y quieres cambios, ten en cuenta que los estatutos pueden ser modificados. Solo necesitas que voten a favor del cambio, en la siguiente junta, cuatro quintas partes de los propietarios de la finca.
Si quieres saber más sobre este tema, te recomendamos que leas el siguiente artículo que titulamos: ¿Son válidos los acuerdos aprobados en junta contrarios a los estatutos?
Revisa los gastos de la comunidad cuando cambies de administrador de fincas
Explicado todo lo anterior, antes de acabar permítenos un último consejo.
En caso de que hayáis cambiado de administrador de fincas recientemente, te recomendamos que revises detenidamente la primera liquidación de gastos; algunas veces puede pasar que se detecten errores que deben ser subsanados.
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Esperamos que esta lectura te haya resuelto las dudas que tuvieras respecto a quién debe pagar los gastos comunitarios. Si tienes otras relacionadas con éste o cualquier otra cuestión inmobiliaria, añádela a continuación.
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