Esta pregunta sobre los gastos que deben pagar los locales independientes de una finca, suelen hacerla dos tipos de clientes a los que administramos fincas en Barcelona.
Por un lado nos la hacen en alguna reunión de comunidad en las que los locales de la finca no tienen ningún tipo de acceso al vestíbulo de la escalera y, por lo tanto, no usan ningún servicio de la finca: ni el del portero, ni el de limpieza, ni el ascensor, ni la azotea, etc.
También suelen hacernos esta pregunta clientes que están interesados en invertir en la compra de un local , quienes, antes de hacerlo, y con la idea tener clara la rentabilidad potencial del mismo, quieren saber cuáles son los gastos comunitarios mensuales de ese local.
Vayamos por partes.
¿Qué gastos de comunidad pagan los locales de una finca?
En algunas reuniones de comunidad que celebramos en Almendros, a alguno de los propietarios de los locales les parece extraño, y así lo expresan, que tengan que pagar los gastos de comunidad aunque su local no use ninguno de los servicios de la finca.
Además, acostumbra a pasar que los locales tienen más coeficiente que los pisos, dado su tamaño, que suele doblar el de los pisos; y por lo tanto, suelen pagar más.
Según el artículo 553-3.1C de la Ley 5/2015, de 13 de mayo, todas las entidades de la finca tienen que participar en las cargas y gastos de la comunidad en función de su cuota, salvo pacto en contra, las cuotas de participación sólo se pueden modificar por unanimidad o por medio de la autoridad judicial.
¿Cómo modificar las cuotas de gasto de los locales de una finca?
Si estás interesado en modificar las cuotas de tu comunidad, tienes que ponerte en contacto con el presidente de la escalera o con el administrador, para que en el orden del día de la próxima junta se establezcan nuevas cuotas de participación, o cuotas especiales para determinados gastos.
No queremos desalentarte, pero nuestra experiencia nos dice que la modificación de las cuotas suele ser complicada debido a que ésta repercute en la cuota que pagan el resto de propietarios de la finca.
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Esperamos haber resuelto tus dudas respecto a este tema. Recuerda que si tienes otras, nos las puedes escribir a continuación, en el apartado que hemos habilitado. Las contestaremos con la mayor brevedad.