Hoy te proponemos una nueva lectura relacionada con un tema que gran número de clientes de administración de fincas y patrimonio nos pregunta: El Avalloguer.
¿Te interesa saber exactamente qué es, cuál es su finalidad, quién lo puede solicitar y cómo? Te lo explicamos a continuación.
¿Qué es Avalloguer?
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Avalloguer es una garantía, de carácter gratuito, que aporta la Generalitat de Catalunya a los contratos de arrendamiento de vivienda habitual en Cataluña.
Su principal objetivo es avalar al arrendatario de una vivienda en caso de impago de la renta, y por un importe máximo de tres mensualidades, siempre y cuando la mensualidad no sea superior a los 1.500 €.
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¿Cómo acceder al Avalloguer?
Para poder acceder al Avalloguer deben cumplirse los siguientes requisitos:
– Que el arrendamiento sea de vivienda habitual. Quedan excluidas entidades como garajes, oficinas, terrenos, trasteros, o contratos de vivienda temporales.
– Que el precio de alquiler sea como máximo 1.500€/mensuales.
– Que la fianza que deposita el arrendatario sea de 2 mensualidades como máximo.
– Que se haya ingresado en el INCASÒL (Institut Català del Sòl) el importe de la fianza, lo cual es obligatorio por parte del arrendador.
– Que el Avalloguer figure en el contrato en el momento de su firma y esté registrado en el INCASÒL.
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¿Cómo cobrar el Avalloguer?
En cuanto a hacer efectivo y cobrar el Avalloguer por parte del propietario, se puede solicitar una vez se tiene sentencia firme de desahucio.
Para terminar, cabe destacar que el Avalloguer tiene como fin último fomentar y agilizar el mercado de alquiler de viviendas habituales en Catalunya.
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Con esta explicación esperamos haber resuelto tus dudas. ¿Tienes alguna otra sobre éste u otros temas inmobiliarios? Hazla a continuación en el espacio habilitado para consultas.
Y recuerda compartir este artículo con quien le pueda interesar.
3 comentarios
Buen día Sr Almendros . Tengo los contratos depositados en el ICS y nunca me han hablado de esta cobertura ante impagos por el ICS. Tengo todos los contratos depositados en el ICS , pero lo que no entiendo es que el » Documento de compromiso del Avalloguer figure en el contrato» . Como se pergeña eso en el contrato….que cláusula se ha de incluir ….cual es su redactado …Muy agradecido por su respuesta.
Le envío un cordial saludo
Javier Pérez.
Pasamos su consulta al equipo y le contestaremos en unos días.
Para que el «Avallloguer» tenga validez tiene que estar firmado por las dos partes (arrendadora y arrendataria) en el mismo momento que se firma el contrato de arrendamiento. Dicho documento (el «avallloguer») tiene que estar adjunto al contrato de arrendamiento y depositado ante el ICS. Si cuando arrendó la vivienda lo hizo a través de una agencia inmobiliaria (preferiblemente API o Administrador de fincas colegiado), tendría que haber sido la propia agencia quién le informara de ello; si lo arrendó de manera particular, le recomendamos que la próxima ocasión contrate los servicios de un profesional para tener todas las máximas garantías y coberturas.
Reciba un cordial saludo.
Atentamente